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Preguntas Frecuentes

¿Qué es el arrendamiento puro?

¿Quiénes pueden beneficiarse contratando arrendamiento puro?

¿Qué beneficios fiscales tiene el arrendamiento puro?

  • 100% deducible para ISR.
  • 100% acreditable para IVA.
  • 100% de deducción de gastos asociados.

¿Si no declaro impuestos puedo contratar arrendamiento puro?

¿Además de los fiscales que otros beneficios tiene el arrendamiento puro?

¿Qué pasa al finalizar el contrato de arrendamiento puro?

Cuando termine tu contrato de arrendamiento tendrás la opción de comprar el bien a un precio muy bajo y éste podrá ser facturado a tu nombre o al de un tercero. También tienes la opción de renovar tu contrato por un activo nuevo y seguir estrenando.

¿Cuáles son los requisitos para contratar?

Persona Moral

Solicitante:
  • Constancia de Identificación Fiscal del contribuyente (RFC, con domicilio actual).
  • Comprobante de domicilio de la persona moral con antigüedad menor a tres meses (recibo de luz, teléfono, predial y agua).
  • Declaraciones anuales de impuestos de los ejercicio 2017 y 2018 con su respectivo acuse de recibo.
  • Escritura Constitutiva y modificaciones.
  • Estados financieros de los ejercicios 2017 y 2018 (dictaminados, incluyendo notas si aplicara).
  • Estados financieros internos 2019 con nombre y firma del contador que los elaboró y del representante legal, con una antigüedad no mayor a tres meses incluyendo relaciones analíticas de los principales renglones y pago provisional de impuestos más reciente.
  • Identificación oficial vigente de apoderados que contenga fotografía, domicilio y firma.
  • Poderes de quienes suscriben los contratos y pagarés con facultades para actos de administración, títulos y operaciones de crédito.
  • Autorización para consulta de buró de crédito. (Formato Institucional)
  • Cuestionario de información básica. (Formato Institucional)
Aval u obligado solidario (Persona Física):
  • Acta de matrimonio.
  • Estado de situación patrimonial. (Formato Institucional)
  • Identificación oficial vigente que contenga fotografía, domicilio y firma.
  • Autorización para consulta de buró de crédito. (Formato Institucional)
  • Declaraciones anuales de impuestos del ejercicio 2018 con su respectivo acuse de recibo.
  • Declaraciones anuales de impuestos del ejercicio 2017 con su respectivo acuse de recibo.

Persona Física

Solicitante:
  • Acta de matrimonio.
  • Cédula de Identificación Fiscal (RFC, con domicilio actual).
  • Comprobante de domicilio de la persona moral con antigüedad menor a tres meses (recibo de luz, teléfono, predial y agua).
  • Comprobante de ingresos (Enero 2019 a la fecha)
  • Declaraciones anuales de impuestos del ejercicio 2018 con su respectivo acuse de recibo.
  • Identificación oficial vigente que contenga fotografía, domicilio y firma.
  • Autorización para consulta de buró de crédito. (Formato Institucional)
  • Cuestionario de información básica. (Formato Institucional)
Aval u obligado solidario (Persona Física):
  • Acta de matrimonio.
  • Estado de situación patrimonial. (Formato Institucional)
  • Identificación oficial vigente que contenga fotografía, domicilio y firma.
  • Autorización para consulta de buró de crédito. (Formato Institucional)
  • Declaraciones anuales de impuestos del ejercicio 2018 con su respectivo acuse de recibo.
  • Declaraciones anuales de impuestos del ejercicio 2017 con su respectivo acuse de recibo.

¿Cuánto tarda en autorizar el contrato?

Nuestro tiempo de respuesta una vez que se cuenta con toda la documentación es de 5 días hábiles.